30/7/13

Justicia revoca tutela de Yhonny Ramírez en pugna laboral


Yhonny Ramírez, jugador de Millonarios.Archivo / FUTBOLRED.

El juzgado 43 Civil de Circuito resolvió, en segunda instancia, a favor de Colfútbol y Dimayor.

La jueza Mary Luz Roncancio Ramos resolvió Negar "el amparo de los derechos fundamentales del debido proceso y acceso a la administración de justicia" alegados por Yhonny Ramírez contra la Dimayor y la Federación Colombiana de fútbol. (Vea aquí: el texto completo de la sentencia del juzgado 43 Civil del Circuito.)

Así queda en firme la competencia de la Comisión del Estatuto del Jugador y como órgano facultado para toma de decisiones en el fútbol: "La acción de tutela se torna improcedente cuando la persona agraviada disponga de otro medio de defensa judicial" y agrega que dicha Comisión "no se estructuró con el propósito de reemplazar los procesos ordinarios especiales establecidos".

El Estatuto del Jugador (de la Dimayor) contiene las normas por las cuales se rigen las relaciones entre los jugadores de fútbol y los clubes dentro del territorio nacional, entre ellas las transferencias entre clubes y está facultada para la resolución de conflictos entre jugadores y clubes.

Cabe recordar que el jugador Yhonny Ramírez sostiene una pugna con su anterior club, Chicó, para declararse agente libre y así legalizar su paso a Millonarios, equipo en el que juega desde el año pasado.

La decisión es un duro golpe contra las tesis de la Asociación de Futbolistas Profesionales de Colombia (Acolfutpro), que alentó la protesta de los jugadores del fin de semana pasado por el proyecto de ley sobre su actividad que el Ministerio de Trabajo llevará al Congreso de la República. La tesis de Acolfutpro y de Ramírez es que este tipo de casos deben ser resueltos por la justicia ordinaria ya que el Estatuto del Jugador no tendría competencia laboral sino deportiva y no puede superar la ley colombiana.

La sentencia dicta lo contrario: "Conforme a la jurisprudencia de la Corte Constitucional, las federaciones deportivas sin verdaderas empresas, en virtud que ejercen una actividad económica, pues, contratan jugadores , reciben ingresos por concepto de venta de entradas a los espectáculos y derechos de transmisión, promoción de ,marca, etc., y por tanto, en principio, los clubes y los jugadores deben regirse por sus estatutos, así como por los señalados en la Fifa, máximo rector del fútbol mundial".
REDACCIÓN DEPORTES
EL TIEMPO

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